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A principios del S. XX el crecimiento de las ciudades, trae consigo una serie de problemas
desconocidos hasta ese momento. Uno de ellos es el del incremento de la circulación por las principales calles de las grandes ciudades. Los Municipios se encuentran con la necesidad de proceder a la ordenación del
tráfico, creando para ello los consiguientes servicios. Con la promulgación del Decreto de 30 de mayo de 1952, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionarios de
Administración Local, se cambia el término Guardia Municipal por el de Policía Municipal, concediendo a sus miembros el carácter de Auxiliares de Agentes de la Autoridad. Con la LOFCS se llega a la actual denominación
de Policía Local.. |
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Con posterioridad a la Constitución de 1978, se produce un cambio sustancial en la legislación sobre
seguridad pública y su adecuación a los principios constitucionales. El Estado social y democrático de Derecho, obliga a una intervención de los poderes públicos a fín de que tanto la libertad como la igualdad, y por
ende la seguridad, de las personas sean reales y efectivas. El Parlamento Vasco aprueba la Ley 4/1992, de 17 de Julio, de Policía del País Vasco, que conjuga la proyección
de la autonomía municipal en materia de seguridad y policía, con el requerimiento de ordenar eficazmente la actividad de las Administraciones vascas en este campo. |
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